SUPERVISION Y EVALUACION DE LOS PLANES DE SEGURIDAD CIUDADANA

SUPERVISION Y EVALUACION DE LOS PLANES DE SEGURIDAD CIUDADANA
Por Ing.Eduardo Riqueros Raygada

La ley establece que la CONASEC y los otros Comités Regional, Provincial y Distrital, aprueban las políticas y los Planes de Seguridad Ciudadana; asimismo, el año 2013 se crea la Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana del Ministerio de Interior, encargada de evaluar el cumplimiento de los Planes de Seguridad Ciudadana. El reglamento de la ley de Seguridad Ciudadana otorga funciones específicas a la Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana, propone sanciones a los gobernadores regionales, Alcaldes Provinciales y Distritales, por no instalar o no convocar a sesionar a los Comités de Seguridad Ciudadana; asimismo, se señala, que los representantes del Ministerio Público ante los Comités Regionales, Provinciales, y Distritales ( CORESEC), ( COPROSEC), (CODISEC), están obligadas a denunciar los incumplimientos ya sea por accion u omision por parte de los miembros de los Comités, determinando si existen indicios de delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, según lo establecido en la tercera disposición transitoria y final de la  Ley N 27933 incorporada por la Ley N 30055.