Y QUE DE LOS RIESGOS..?

Y QUE DE LOS RIESGOS..?
Por Ing. Eduardo Riqueros Raygada


Es necesario señalar que la Contraloría General de la Republica, ha expuesto con claridad, cual será el sistema de control que utilizara para la reconstrucción con cambios, y ha dejado con nitidez que se efectuara a través de un nuevo control concurrente o acompañamiento en una primera instancia, y posteriormente con el control posterior o auditoria de cumplimiento. Asimismo, ha señalado en que consiste el control concurrente, el mismo que lo realiza a través de intervenciones focalizadas, no invasivas con la finalidad de alertar los riesgos en que se esta incurriendo en determinada parte del proceso.
La base técnica de este nuevo control concurrente o acompañamiento a realizar es el análisis de riesgos, en lo que se ha avanzado en el proceso, mostrando las vulnerabilidades o riesgos que tiene lo efectuado, con la finalidad que se adopten las medidas correctivas, tendientes a eliminar los riesgos de corrupción. Es necesario advertir con claridad la importancia de este sistema, por cuanto hay urgente necesidad de parte del pueblo piurano que las obras de reconstrucción se efectúen de manera efectiva, transparente y honesta.
Cabe señalar que en la primera intervención concurrente o de acompañamiento la contraloría regional de Piura y el órgano de control institucional del gobierno regional, han encontrado cuatro vulneraciones o riesgos, en la que se indican:
- No se han respetados los plazos establecidos y prorrogas sin sustento adecuado.
- Los postores formularon observaciones que no han sido absueltas conforme a la norma.
- Se ha otorgado calificación y puntaje a quien no contaba con las especificaciones valorativas para elaborar el expediente técnico y no calificaba.
- Se han presentado tres consorcios con nombres diferentes, conformadas por las mismas empresas, la misma capacidad operativa, misma maquinaria, mismo personal, para realizar trabajos simultáneos en diferentes lugares, lo cual es imposible de cumplir. Ver mas detalles:
http://www.contraloria.gob.pe
Asimismo es necesario indicar que toda empresa o persona que participa en la reconstrucción con cambio, de acuerdo al articulo 7 inciso 6 de la ley 30556, tiene que presentar su declaración jurada indicando si sus miembros tienen sentencia condenatoria, consentida o ejecutoriada sanción administrativa o proceso penal en curso,o procedimiento administrativo sancionador en tramite,etc. De verificarse la falsedad de la información consignada en la declaración jurada el contrato quedara resuelto de acuerdo al articulo 1430 del Código Civil.
Es necesario advertir que visualizadas las vulneraciones y riesgos de corrupción por parte de las entidades de control, es necesario que haya la voluntad politica de enmienda, y que se adopten las medidas correctivas necesarias para eliminar dichos riesgos, en virtud que lo efectuado es un mecanismo de control dentro de nuestro sistema democrático, y el no hacerlo representa estar de espaldas a la población, que esta cansada de la corrupción de la administración publica.