LA RECONSTRUCCION EN TORNO AL PLAN INTEGRAL

LA RECONSTRUCCIÓN EN TORNO AL PLAN INTEGRAL
Por Ing. Eduardo Riqueros Raygada

Es necesario visualizar que con la LEY Nº 30556, de fecha 28 de Abril del 2017, se ha creado la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (RCC),  y, asimismo, se declara de interés nacional y necesidad pública la implementación y ejecución de un PLAN INTEGRAL,  para realizar las acciones de reconstrucción dispuestas en la mencionada norma.
De lo expuesto en dicha ley, podemos apreciar claramente la importancia que tiene la elaboración del PLAN INTEGRAL, que sirva de guía para la reconstrucción, el mismo que debe ser elaborado y propuesto por los sectores del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Locales, y luego presentarlo en una primera instancia a la Autoridad para la Reconstrucción con cambios RCC, para que la misma, lo presente  el PLAN INTEGRAL, ante el Consejo de Ministros, en un plazo que no exceda los noventa (90) días hábiles, contados desde el día 29 de Abril, el mencionado PLAN INTEGRAL, debe ser aprobado por decreto supremo por el Consejo de Ministros, y publicado en el Diario Oficial El Peruano, si hubieran modificaciones posteriores también deben ser aprobadas por el Consejo de Ministros.
Hoy más que nunca los peruanos,y sobretodo los piuranos debemos estar vigilantes para que se cumplan los plazos, para la elaboración racional y técnica del PLAN INTEGRAL por parte del gobierno nacional, regional y local, de tal manera que los principales problemas de la reconstrucción se encuentren en dicho PLAN y podamos estar vigilantes al desarrollo del mencionado. De tal manera que no se convierta en un PLAN fallido, plagado de corrupción, con expedientes técnicos no aptos y sobrevalorados, que no resuelvan el problema. Todos los peruanos estamos cansados de corrupción e inoperancia , por lo que debemos de estar vigilantes y participativos para detener cualquier posible atropello a nuestra población.